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El autónomo colaborador: cuándo darse de alta en esta figura
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4 diciembre 2018 - 13:11, por , en Sin categoría, sin comentarios

Es muy común que los autónomos contraten a familiares para tener ayuda en su negocio. Esto es lo que se conoce como autónomo colaborador. Puede ser el cónyuge o un familiar hasta segundo grado. Esta modalidad tiene bonificaciones aplicables, aunque para beneficiarse de las mismas es necesario cumplir una serie de requisitos.

Cómo darse de alta como autónomo colaborador

Ser autónomo colaborador lleva consigo una serie de ventajas y bonificaciones. Para poder gestionar el alta como tal figura, debes seguir un proceso muy sencillo. A diferencia de otras altas, no es necesario el registro en Hacienda, aunque sí debe realizarse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Una vez registrado, hay que presentar el modelo TA0521/2, Solicitud de alta en el régimen especial de autónomos – Familiar colaborador del titular de la explotación, en la Seguridad Social. Para ello, será necesario presentar el libro de familia para acreditar el parentesco, el DNI y la copia del alta en Hacienda del autónomo titular.

Requisitos para ser autónomo colaborador

Para poder darte de alta como autónomo colaborador es necesario que cumplas una serie de requisitos. De lo contrario, no sería posible su aplicación.

  • El autónomo titular debe ser pariente. Debe ser cónyuge, hermano, hijo, padre o madre. Cualquier tipo de parentesco, ya sea ascendente o descendente hasta segundo grado. Los hijos adoptivos están incluidos. No se consideran cónyuges las parejas de hecho. No podrás dar de alta como autónomo colaborador, por ejemplo, a tu sobrino.
  • Es imprescindible ser mayor de 18 años.
  • Ambas personas deben estar empadronadas en la misma vivienda.
  • El trabajo tiene que ser de forma continua. No sirven trabajos temporales o esporádicos.
  • No puede estar empleado como asalariado por cuenta ajena en el mismo negocio. Es importante recalcar que no se puede ser autónomo colaborador y trabajar en el Régimen General de la misma empresa, aunque sí se puede hacer si se trabaja en otro negocio.

 

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