En muchas ocasiones, a los autónomos nos surge la duda sobre si podemos irnos a trabajar como tal a otro país. La respuesta es sí. En la mayoría de los países de nuestro entorno, la figura del autónomo está debidamente legislada, aunque es cierto que a la hora de plantearnos ser autónomos en el extranjero hay que leer bien las condiciones y la legislación.
Depende del país, puede que tengas ventajas fiscales como exenciones fiscales o reducciones de impuestos, o pago de los mismos en función de los ingresos.
Hay que tener clara la diferencia entre ser autónomo en el extranjero con estar dado de alta como trabajador por cuenta propia en España y trabajar para diferentes clientes extranjeros.
Tanto si el tiempo del desplazamiento es inferior o superior a un año, es importante presentar la solicitud de información sobre la legislación de Seguridad Social aplicable.
Así lo que se consigue es certificar que el trabajador continúa sometido a la legislación española de Seguridad Social durante su desplazamiento a cualquiera de los países de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza. Por ello, el autónomo esta exento de cotizar a la Seguridad Social en el país respectivo.
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