A la hora de convertirte en profesional por cuenta propia, existen diferentes modalidades. No todas cotizan del mismo modo en el RETA. Por tanto, es importante estudiarlas adecuadamente para asegurarnos de que estamos escogiendo la mejor para nosotros. En el caso de los autónomos societarios, estos no pueden aplicarse la tarifa plana, por lo que pueden llegar a pagar hasta 5.100 euros más que cualquier otro autónomo. Por eso, vamos a ver qué es un autónomo societario y cómo cotizan.
Lo primero que debes saber es que los autónomos societarios pagan una cuota mínima de 365’22 euros al mes. Esto es una gran cantidad de dinero a final de año. Según la ley, desde 2014, equipara a estos autónomos con aquellos que tienen más de diez trabajadores a su cargo. Por eso es obligatorio que coticen por la base mínima. Esta está establecida en el Grupo 1 del Régimen General.
La base mínima es la que está directamente relacionada con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) Esto hace que sea más alta que la base mínima de cotización de un autónomo. Si como trabajador por cuenta propia has comenzado a ser socio o administrador de una entidad, debes comunicar este cambio a la Seguridad Social. En esta situación, tu cuota subirá.
En la actualidad, la base mínima de cotización es de 1.214 euros. Si decides convertirte en autónomo societario, esta cuota será de 364’22 euros.
Según el Real Decreto-Ley sobre apoyo a los emprendedores y de estímulo de crecimiento y creación de empleo, la ‘tarifa plana’ fue creada solo para aquellos nuevos autónomos.
La Tesorería General de la Seguridad Social no permite la aplicación de estas reducciones o bonificaciones a los socios o administradores de las entidades mercantiles. Sin embargo, sí hace referencia a otros colectivos, como los miembros de cooperativas.
Frente a esta situación, son varias las sentencias de los tribunales de justicia. Asegura que la Seguridad Social va en contra del autoempleo.
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