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Deducciones fiscales a taner en cuenta para la declaración de la renta
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26 marzo 2020 - 11:33, por , en Sin categoría, sin comentarios

El día 1 de abril ha dado comiendo el plazo para presentar la declaración del IRPF del año anterior. Los ciudadanos tendrán hasta el 30 de junio para presentar la documentación y analizar las posibles deducciones.

En 2019 se hicieron entrega de 20 millones de declaraciones, de las cuales, 15 millones recibieron una devolución. Por otro lado, 5 millones tuvieron que ser ingresados. Son muchas las veces que las deducciones fijan la diferencia entre pagar o cobrar.

Además, Hacienda ha hecho publico que es importante mantener las fechas establecidas por la situación del estado de alarma sanitaria provocada por el coronavirus. Asimismo, ha asegurado que realizará las primeras devoluciones a partir del 3 de abril.

Según Lefebvre, empresa líder en nuestro país de información jurídica y práctica para el abogado, la empresa y sus asesores, estas son algunas de las deducciones que favorecen la optimización de la declaración del IRPF 2019:

Deducciones estatales

1. Por inversión en vivienda habitual. Esta inversión está derogada desde el 2013, no obstante se puede aplicar a aquellos ciudadanos que compraron su vivienda habitual o pagaron con anterioridad para su construcción.

2. Por alquiler de la vivienda habitual. Esta deduccióntambién está derogada desde 2015, pero se puede aplicar a contribuyentes con un contrato de arrendamiento anterior a esa fecha por el que han abonado cantidades en el alquiler de la vivienda habitual.

3. Por donativos. Los donativos efectuados a determinadas entidades sin fines lucrativos tienen una disminución del 75% de las cantidades donadas, cuando estas no superen los 150€, y del 30% (o 35% en determinados casos).

4. Por actuaciones para la protección del Patrimonio Histórico Español y del Patrimonio Mundial. Dan un derecho a una rebaja del 15% de las inversiones o gastos realizados, y tiene como límite del 10% de la base liquidable del contribuyente.

5. Por inversión en empresas de nueva o reciente creación. Se aplica una deducción del 30% de las cantidades satisfechas en el período impositivo (que no pueden superar los 60.000€ anuales) por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación.

6. Por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla. El objetivo de esta medida es fomentar la actividad económica en dichos territorios aplicándose a las rentas obtenidas en los mismos.

7. Por la realización de actividades económicas.  Los contribuyentes del IRPF que realizan actividades económicas en estimación directa, normal o simplificada, pueden aplicar las descuentos y demás incentivos previstos en la normativa del Impuesto de sociedades

8. Por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo. Los contribuyentes de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad social o mutualidad, o que perciban una prestación por desempleo o sean pensionistas, pueden deducir hasta 1.200€ anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad.

9.Por maternidad. Las mujeres con hijos menores de tres años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, pueden reducir la cuota diferencial del Impuesto en hasta 1.200€. También pueden solicitar el abono anticipado de esta deducción.

Deducciones autonómicas

Puesto que el IRPF es un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas, todas ellas han establecido descuentos aplicables por los contribuyentes que tengan establecida su domicilio habitual en el territorio de cada una de ellas.

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