Son muchas las empresas que desconocen cuál es la diferencia entre disolver o liquidar una sociedad, si son contrarias, complementarias o necesarias. Muchas veces nos encontramos con sociedades que no cuentan con actividad alguna. Sin embargo, éstas siguen activas, pero no cumple con sus obligaciones fiscales. No presentar el Impuesto de Sociedades o las Cuentas Anuales es un hecho muy grave. Conlleva multas de hasta 60.000 euros.
Para evitar esta situación, en Trámites Fiscales vamos a explicarte cuál es la diferencia entre disolver y liquidar una sociedad. Así sabrás cuándo tienes que llevar a cabo estas acciones.
La disolución de una sociedad hace referencia a un concepto legal que significa el final de la empresa. Esto quiere decir que si una sociedad ha completado el proceso de disolución, ésta no es considerada ya una entidad legal formal.
La disolución de una sociedad puede darse de forma voluntaria o involuntaria. Si es voluntaria es porque sus propietarios han llegado al acuerdo de la disolución. Sin embargo, se puede dar de forma involuntaria si se produce el impago de algunos de los impuestos obligatorios. Los acreedores también pueden solicitar que un tribunal realice la disolución forzada de la empresa.
La liquidación hace referencia a la pérdida de la personalidad jurídica de una sociedad. En esta, los socios pasan a ser administradores y se encargarán de las acciones necesarias para completar la extinción total.
Una vez haya cerrado la empresa, se podrá comenzar la liquidación de activos. Cuando una empresa cierra completamente, lo primero que debe hacer es cesar la actividad y saldar sus deudas (si las hubiera).
En Trámites Fiscales podemos ayudarte a realizar todos los trámites necesarios, además de asesorarle durante todo el proceso. Evitaremos que tenga que cumplir con más obligaciones fiscales o mercantiles, realizaremos todas las obligaciones por usted para poder llevar a cabo la disolución y liquidación. De este modo, no tendrá sanciones económicas por no cumplir con la legislación mercantil o fiscal.
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