Entendemos por disolver una Sociedad al inicio del proceso que tendrá como fin la extinción de la sociedad. En cambio, la Liquidación es la perdida de personalidad jurídica de la sociedad, donde los socios pasarán a ser administradores y por tanto, se encargarán de las acciones necesarias para la completa extinción de la sociedad.
En nuestro despacho nos encontramos en multitud de ocasiones con sociedades que no tienen actividad alguna, no tienen movimientos pero que siguen activas y sus administradores, como consideran que no hay actividad, no cumplen con sus obligaciones fiscales, como por ejemplo presentar el Impuesto de Sociedades o las Cuentas Anuales, esto es un hecho gravísimo que incluso se sanciona con multas de 1.200 hasta 60.000 euros.
Es importante conocer que cuando la sociedad mercantil está en liquidación, los administradores de dicha sociedad tienen un plazo máximo de dos (2) meses para convocar una Junta de Socios y acordar la disolución.
Los administradores deben presentar por tanto mucho cuidado con este tema, pues si transcurrido el plazo de dos meses NO han convocando la Junta, las sanciones son realmente importantes, pudiendo incluso responder con su patrimonio a las deudas posteriores al acaecimiento de la causa legal de disolución.
Los motivos más comunes por los que se extingue una sociedad son:
Desde Tramites Fiscales podemos encargarnos de realizar todos los trámites y ayudarle, asesorarle en todo el proceso.
Desde Tramites Fiscales realizamos todas las gestiones para la completa extinción, para el completo cierre de la sociedad, además lo hacemos de una manera rápida, práctica y económica para usted.
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