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Qué hacer si me hacen una inspección de la Agencia Tributaria
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14 noviembre 2017 - 12:55, por , en Sin categoría, sin comentarios

Cada vez son más los clientes que vienen preguntando sobre sus derechos y obligaciones si la inspección tributaria se presenta de repente en su lugar de trabajo. Surgen muchas dudas con respecto a este tema y es importante conocer qué podemos hacer. Todo este asunto viene recogido en el artículo 142.2 de la ley 58/2003 General Tributaria.

Según esta ley, cuando las actuaciones inspectoras lo requieran, aquellos funcionarios que se dedican a la inspección pueden entrar en aquellos lugares donde se desarrollen actividades o consideren que en el lugar existen obligaciones tributarias.

Si la persona que se encuentra a cargo del lugar se opusiera a la entrada de estos funcionarios, será necesaria una autorización escrita del delegado o del director del departamento del que dependa el órgano actuante.

Los contribuyentes están obligados a atender a los órganos de inspección. Además, será necesario colaborar con ellos para que puedan llevar a cabo su trabajo.

Qué pasa si trabajo en mi domicilio particular

Si nuestro lugar de trabajo es nuestra casa particular para efectuar un registro, la Administración Tributaria deberá tener el consentimiento o una autorización judicial.

Es decir, si nuestra actividad se está desarrollando en nuestro domicilio, tenemos derecho de oponernos a la entrada de la Inspección de la Agencia Tributaria. No podremos negarnos si llevan consigo una orden de entrada firmada por el Delegado o Director del Departamento de Inspección. Si no llevan la orden necesaria, podemos negarnos a la entrada salvo que autoricemos expresamente la misma.

Si nos negamos a la entrada en nuestro domicilio, siempre y cuando no lleven consigo una orden, no podrá ser considerada resistencia u obstrucción a la autorización inspectora, por lo que tampoco puede ser motivo de sanción.

En sentido práctico, y en función de nuestra experiencia, es muy recomendable calcular las consecuencias de las actuaciones realizadas. La Agencia Tributaria, en muchas ocasiones, realiza visitas a los domicilios de los obligados tributarios para realizar labores de control del ejercicio tributario en curso. En caso de que nos neguemos a la entrada, lo más probable es que se inicie un procedimiento de inspección de los últimos cuatro años no prescritos.

Recomendamos que en el caso de que nos encontremos con una visita de estas características se facilite la entrada a la Inspección y colaborar en lo posible. Si nos negamos puede ser altamente perjudicial para nuestros intereses.

En trámitesfiscales estamos a tu disposición para ayudarte con cualquiera de tus dudas.

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