Cada año llegan a nuestro despacho una multitud de declaraciones de la renta con errores, ya que no reflejan los datos de forma correcta o lo hacen de forma incompleta no maximizando por tanto las deducciones y beneficios fiscales que la ley ofrece.
Notamos cada vez más qué se confirma el borrador que ofrece la Agencia Tributaria sin revisarlo, esto es un hecho muy grave, pues si tenemos un error en la declaración y un funcionario de Hacienda es consciente de ello, puede enviarnos un requerimiento con recargo e incluso sancionarnos, hayamos o no sido conscientes del error.
Estos son solo alguno de los errores que con mas frecuencia encontramos en las declaraciones de la renta que revisamos, peor hay muchos más, por eso es importante revisar y analizar la declaración antes de confirmarla.
La Ley General Tributaria 58/2003, establece en su artículo 220 la posibilidad de rectificar posibles errores cometidos en los periodos no prescritos (cuatro ejercicios anteriores) y el artículo 221 contempla la posibilidad de solicitar devolución de ingresos indebidos en caso de que haya errores materiales en la presentación de la declaración.
Desde Tramites Fiscales nos podemos encargar de:
Rellena el siguiente formulario, cuéntanos qué error has cometido (o crees que has cometido) y estudiaremos tu caso